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El nuevo reglamento de ITV no se aplicará en las motos
22 mar
Este año 2011 entró en vigor una nueva normativa más estricta en relación con el mundo de las dos ruedas y los accesorios que se pueden poner en las motos para que éstas puedan superar con éxito la Inspección Técnica (ITV), en concreto, el día 14 de enero del presente año un nuevo reglamento hacía temblar a la industria auxiliar de la moto. Pero el pasado día 10 de marzo AECA se reunió con los representantes de las comunidades autónomas y las concesionarias de ITV españolas para conseguir llegar a un acuerdo sobre la aplicación de la nueva normativa de la ITV.
El reglamento que entró en vigor a mediados de enero exponía la necesidad que cualquier cambio realizado en nuestra motocicleta estuviera legalizado, es decir, que cualquier añadido estuviera homologado para poder completar la Inspección Técnica que tiene que pasar cualquier vehículo de este país. Pues bien, después de la reunión del pasado jueves día 10 y con el posterior acuerdo entre partes, la normativa vigente sufrirá diversos cambios en cuanto a cuales serán los cambios a nuestra motocicleta que deberemos homologar o no, es decir, la normativa da un paso atrás de manera que serán menos los cambios de nuestras motocicletas los que tendremos que homologar.
Sólo se deberán legalizar los carenados y pantallas no originales, siempre que no sean artesanales y el amortiguador de dirección solo cuando precise de anclaje no original.
SE CONSIDERA REFORMA
Por lo que no será necesario que se legalicen el monoamortiguador trasero, latiguillos metálicos, discos lobulados, topes anticaídas (sin aristas), quillas no artesanales, caballetes y patas de cabra, amortiguador de dirección, intermitentes, retrovisores, manetas de freno y embrague, escape y neumáticos de distinta medida a la original entre otros; eso si, todos con sus limitaciones.
NO SE CONSIDERA REFORMA
(No será necesario legalizar)



