Son varias las modificaciones que se han realizado en la nueva revisión de las leyes de tráfico. A continuación presentamos un resumen de los cambios más importantes.

- Actualización de infracciones y sanciones.

A partir de ahora, programar mientras se conduce o circular con la matricula ilegible, serán consideradas infracciones graves. Y también, a partir de ahora, circular en bicicleta por la noche sin elementos reflectantes y sin usar el alumbrado reglamentario serán infracciones leves. Además, se unifica el importe de las multas de tráfico, independientemente de dónde se cometa la infracción y del organismo que las imponga.

Infracciones leves Hasta 100€
Infracciones graves 200 €
Infracciones muy graves 500

También se simplifica el importe de las multas por exceso de velocidad. Esta información está disponible en la web de la DGT. *Entrada en vigor el 25 de Mayo de 2010

- Más claridad en los plazos

Con la nueva ley, el infractor tendrá un plazo de 20 días naturales desde la notificación para pagar su multa o realizar alegaciones. Si decide pagar, se benificiará de un descuento del 50% del importe de la sanción. En este caso, el procedimiento termina y no se podrán formular alegaciones ni recursos. *Entrada en vigor el 25 de Mayo de 2010

- Comunicar quién conduce es más sencillo

Ahora la identificación del conductor será más rápida y eficaz porque se podrá realizar por Internet. *Ya en vigor

- Internet al servicio del conductor

Hemos creado la Dirección Electrónica Vial (DEV). Si el conductor lo desea podrá sustituir su dirección postal por su dirección electrónica. A partir de ese momento recibirá en su correo electrónico y en su teléfono móvil las notificaciones de las infracciones. Además, podrá recibir por la misma vía el aviso de caducidad de su permiso de conducción, su saldo de puntos o cualquier información relativa a su vehículo.

Otra novedad es el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TESTRA), que sustituirá a los tradicionales Boletines Oficiales. En este tablón, al que se accede a través de la web de la DGT, se podrán conocer aquellas infracciones que no hayan podido se notificadas en el domicilio o a través de la Dirección Electrónica Vial. *Entrada en vigor 25 de Noviembre de 2010

- Más facilidades para el pago

Además de los medios habituales, cada conductor podrá realizar el pago de las multas por Internet*. Además se establecerán otros sistemas, como el pago en carretera mediante tarjeta de crédito. *Ya en vigor

- Menos infracciones que restan puntos

Con la nueva ley queremos que todo sea más justo para los buenos conductores. Para ello, se reducen de 27 a 20 las infracciones que conllevan pérdida de puntos. *Ya en vigor

- Recuperación de puntos

Se amplían de 4 a 6 los puntos que se pueden recuperar en los cursos de recuperación parcial de puntos. *Entrada en vigor 25 de Mayo de 2010

- Se eliminan las suspensiones

Se elimina la suspensión temporal del permiso de conducir por una infracción grave o muy grave. Sólo se perderá el permiso cuando se haya agotado el saldo de puntos o por sentencia judicial. *Ya en vigor

- Más difícil para el que no paga

Los conductores que incumplan las normas tendrán más difícil eludir sus responsabilidades con la administración, ya que, con cuatro sanciones graves o muy graves sin pagar, no podrán hacer ningún trámite con su vehículo. *Entrada en vigor 25 de Mayo de 2010

Cuadro de sanciones y puntos por exceso de velocidad
Límite
30
40
50
60
70
80
90
100
110
120
Multa
Puntos
Grave
31
50
41
60
51
70
61
90
71
100
81
110
91
120
101
130
111
140
121
150
100
-
51
60
61
70
71
80
91
110
101
120
111
130
121
140
131
150
141
160
151
170
300
2
61
70
71
80
81
90
111
120
121
130
131
140
141
150
151
160
161
170
171
180
400
4
71
80
81
90
91
100
121
130
131
140
141
150
151
160
161
170
171
180
181
190
500
6
Muy
grave
81
91
101
131
141
151
161
171
181
191
600
1 mes de
suspensión
6

Vía | www.dgt.es