Archivo de diciembre, 2008
100x100moto os desea FELIZ NAVIDAD
25 dic
El equipo de 100x100moto os desea unas felices fiestas! Y cuidado con la carretera en estas fechas, ya que la humedad en el asfalto y las heladas nos pueden pegar algún susto que otro.
También animo a todos los moteros que se unan con nosotros estas fechas y salgan a la calle vestidos de Papa Noel como estos carteros de Seoul, los cuales estos días tan señalados repartirán y recogerán las cartas de los más pequeños para hacerlas llegar al jefe…Papa Noel…

Web en moto, menos CO2
20 dic

El pasado 14 de Agosto el Consejo de Ministros remitió, para su aprobación a las Cortes, el proyecto de ley que en su artículo 8 modifica la Ley de calidad del aire y protección de la atmósfera. Esta ley estableció, en su día, los tipos impositivos de los vehículos provistos de motor para su propulsión, en el momento de la matriculación, en función de las emisiones de CO2, modificando así la ley de impuesto especiales Ley 38/1992, de 28 de diciembre.
El nuevo texto, ahora propuesto por el Consejo de Ministros, introduce la discriminación de las motocicletas respecto al resto de vehículos.
De llevarse adelante, la nueva ley establece para los vehículos de dos ruedas un baremo especial con una tributación mayor por sus emisiones de C02, en comparación al resto de vehículos incluidos en la ley. Además, a las motocicletas de potencia igual o superior a 74 KW (100 CV) se les aplicará el tipo impositivo mayor, independientemente de su nivel de emisiones de CO2.
Visita la Web oficial y firma en contra de esta medida:
http://www.enmotomenosco2.com/
Tráfico multará a partir de 121 km/h
16 dic

En unas cuantas semanas, circular por encima de 120 km/h en autopistas o autovías supondrá una sanción de 100 euros. La reforma de la Ley de Seguridad Vial, que ya se está tramitando en el Congreso de los Diputados, terminará con el margen actual que permite alcanzar hasta 133 km/h sin que ello suponga una multa.

El Gobierno ya está tramitando una reforma de la Ley de Seguridad Vial con la que revisará el listado de infracciones que restan puntos, unas sanciones que están en vigor desde el mes de julio de 2006 cuando entró en funcionamiento el nuevo permiso de conducción. Una de las novedades más destacadas es que desaparecerá el margen de 13 km/h que hasta ahora permitía circular por una autopista o una autovía con la velocidad limitada a 120 km/h.
Actualmente, si un conductor es detectado por un radar circulando con su vehículo entre 121 y 133 km/h no es sancionado. En poco tiempo, ya no será así. Cuando entren en vigor los cambios en la Ley de Seguridad Vial, los radares de autopistas y autovías multarán a todo aquel vehículo que transite a más de 120 km/h. La cuantía de esta sanción se sitúa en 100 euros, aunque no restará puntos.
La reforma también supondrá que determinadas infracciones que ahora restan puntos dejen de hacerlo. Son aquellas que la Dirección General de Tráfico (DGT) considera que no tienen una incidencia importante en la mortalidad en las carreteras. Así, ya no quitará puntos circular por autopistas y autovías con vehículos que lo tengan prohibido, como es el caso de los ciclomotores, llevar en los vehículos más ocupantes de lo permitido y aparcar o estacionar en un carril bus, un túnel o una curva.
Todas ellas pasarán a ser faltas graves y aunque no quiten puntos del carné sí supondrán una multa de 200 euros. Además de endurecerse las sanciones por pequeños excesos de velocidad en vías con el límite situado en 120 km/h, circular rápido en tramos urbanos será más perseguido. De esta forma, conducir a 80 km/h en ciudad, donde el máximo permitido es 50 km/h, pasará de suponer una sanción de 100 euros a otra de 300 euros y 2 puntos menos.
MATRÍCULAS LEGIBLES
Otra de las sanciones que se modificarán es aquella que se refiere a las matrículas. A partir del momento en que entre en vigor la reforma de la Ley de Seguridad Vial, los conductores de motocicletas, coches, camiones y furgonetas tendrá la obligación de mantener las placas de matrícula limpias y legibles. El objetivo es impedir que se modifiquen o se oculten las matrículas para evitar los radares.
Si algún conductor es detectado con la matrícula ilegible a propósito, será sancionado con 200 euros de multa y su permiso tendrá cuatro puntos menos. En la actualidad, esta infracción no restaba puntos. También se descontará cuatro puntos a todo aquel que circule con el carné de conducir temporalmente retirado. Además, el uso de detectores de radares pasará a restar 6 puntos (2 hasta ahora), mientras que quien no mantenga la distancia de seguridad verá mermado su saldo en 4 puntos, uno más que en la actualidad.
Las modificaciones en el texto legal persiguen, asimismo, que los conductores paguen todas las multas, porque ahora más del 30% no llega a cobrarse jamás. Para ello, la DGT apuesta por el pronto pago, que conllevará una rebaja del 40% de la sanción, un 10% más que a día de hoy, siempre que el infractor renuncie a las alegaciones y abone la multa en 15 días.
Noticia extraída de: http://www2.solomoto.es/noticia.asp?ref=45635
El límite de la velocidad en las entradas a Barcelona por la C-31 y la C-32 podrá ser inferior a los 80 kilómetros por hora actuales, dependiendo de la congestión, la contaminación o las incidencias viarias o climáticas, cuando a partir de enero se aplique el modelo de la velocidad variable.

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