En unas cuantas semanas, circular por encima de 120 km/h en autopistas o autovÃas supondrá una sanción de 100 euros. La reforma de la Ley de Seguridad Vial, que ya se está tramitando en el Congreso de los Diputados, terminará con el margen actual que permite alcanzar hasta 133 km/h sin que ello suponga una multa.
El Gobierno ya está tramitando una reforma de la Ley de Seguridad Vial con la que revisará el listado de infracciones que restan puntos, unas sanciones que están en vigor desde el mes de julio de 2006 cuando entró en funcionamiento el nuevo permiso de conducción. Una de las novedades más destacadas es que desaparecerá el margen de 13 km/h que hasta ahora permitÃa circular por una autopista o una autovÃa con la velocidad limitada a 120 km/h.
Actualmente, si un conductor es detectado por un radar circulando con su vehÃculo entre 121 y 133 km/h no es sancionado. En poco tiempo, ya no será asÃ. Cuando entren en vigor los cambios en la Ley de Seguridad Vial, los radares de autopistas y autovÃas multarán a todo aquel vehÃculo que transite a más de 120 km/h. La cuantÃa de esta sanción se sitúa en 100 euros, aunque no restará puntos.
La reforma también supondrá que determinadas infracciones que ahora restan puntos dejen de hacerlo. Son aquellas que la Dirección General de Tráfico (DGT) considera que no tienen una incidencia importante en la mortalidad en las carreteras. AsÃ, ya no quitará puntos circular por autopistas y autovÃas con vehÃculos que lo tengan prohibido, como es el caso de los ciclomotores, llevar en los vehÃculos más ocupantes de lo permitido y aparcar o estacionar en un carril bus, un túnel o una curva.
Todas ellas pasarán a ser faltas graves y aunque no quiten puntos del carné sà supondrán una multa de 200 euros. Además de endurecerse las sanciones por pequeños excesos de velocidad en vÃas con el lÃmite situado en 120 km/h, circular rápido en tramos urbanos será más perseguido. De esta forma, conducir a 80 km/h en ciudad, donde el máximo permitido es 50 km/h, pasará de suponer una sanción de 100 euros a otra de 300 euros y 2 puntos menos.
MATRÃCULAS LEGIBLES
Otra de las sanciones que se modificarán es aquella que se refiere a las matrÃculas. A partir del momento en que entre en vigor la reforma de la Ley de Seguridad Vial, los conductores de motocicletas, coches, camiones y furgonetas tendrá la obligación de mantener las placas de matrÃcula limpias y legibles. El objetivo es impedir que se modifiquen o se oculten las matrÃculas para evitar los radares.
Si algún conductor es detectado con la matrÃcula ilegible a propósito, será sancionado con 200 euros de multa y su permiso tendrá cuatro puntos menos. En la actualidad, esta infracción no restaba puntos. También se descontará cuatro puntos a todo aquel que circule con el carné de conducir temporalmente retirado. Además, el uso de detectores de radares pasará a restar 6 puntos (2 hasta ahora), mientras que quien no mantenga la distancia de seguridad verá mermado su saldo en 4 puntos, uno más que en la actualidad.
Las modificaciones en el texto legal persiguen, asimismo, que los conductores paguen todas las multas, porque ahora más del 30% no llega a cobrarse jamás. Para ello, la DGT apuesta por el pronto pago, que conllevará una rebaja del 40% de la sanción, un 10% más que a dÃa de hoy, siempre que el infractor renuncie a las alegaciones y abone la multa en 15 dÃas.